Amadeo Martínez Inglés, condenado a una pena irrisoria por un delito de injurias graves contra la Corona
El Juzgado Central de lo penal de la Audiencia de Madrid, ha dictado sentencia (Nº 16/2013) condenatoria de Amadeo Martínez Inglés por la comisión de un delito de “injurias graves contra la Corona”. El fallo, fechado el 14 de marzo de 2013 y firmado por el magistrado José María Vázquez Honrubia, impone la pena de “doce meses de multa con cuota de 18 euros diarios”, contra la que, sin ser firme, se pueden interponer los recursos de apelación y de especial anulación.
Respetando
absolutamente la actuación jurisdiccional, y convencidos de la
impresentable expresividad del artículo de opinión que origina la
sentencia que comentamos (publicado el 12 de diciembre de 2011 en el
digital “Canarias-Semanal”), la selectividad del procedimiento seguido
para encausar a Martínez Inglés permite una primera consideración sobre
la permisividad del Ministerio Público ante otras críticas dirigidas al
titular de la Corona, quizás más cuestionables por su fondo y alcance
público, cuando se muestran en el ámbito estrictamente civil y, peor
aún, en el político. Hay que recordar al respecto que el condenado
alcanzó el empleo de Coronel de Infantería, con una carrera honrosa
hasta ser separado del servicio activo en 1999, perdiendo entonces la
condición de militar de carrera.
Ahí quedan casos como el de algunos escritos de Iñaki Anasagasti,
senador del PNV, y el de otros libelos y panfletos vejatorios editados
con pie de imprenta por personajes integrados en el entorno etarra y en
su aparato político. Bien se haría en perseguir judicialmente a todos
por igual, sin mostrar preferencia por quien, además de equivocado en
sus expresiones, ha vestido uniforme castrense, evitando de esta forma
cualquier posible y mala interpretación de “caza al militar”.
Por otra
parte, quizás sorprenda mucho más, sobre todo a los españoles carentes
de formación jurídica, que son la inmensa mayoría, que la comisión de un
delito tan sonoro y de tan altos vuelos -injurias graves contra la
Corona- se resuelva con una pena tan irrisoria como la impuesta a
Martínez Inglés. En definitiva, y sin duda de forma no intencionada, la
ecuanimidad del magistrado Vázquez Honrubia ha cotizado a la baja (6.480
euros de multa) las “injurias graves” vertidas contra el Rey, que, como
tales también se habrían podido depurar por vía penal.
Ello sin
contemplar una acusación de calumnias que, aún para los no iniciados en
Derecho, parece contener también el artículo suscrito por Martínez
Inglés. Como siempre proponemos a nuestros lectores, léase la sentencia,
en la que se incluye el artículo de marras, y sáquese entonces la
conclusión más apropiada.
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